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Paita: Pleno del Concejo desestimó vacancia de Reymundo Dioses

PorTaitito

Oct 6, 2015

Con 10 votos en contra y una abstención se declaró infundado el pedido de vacancia contra el alcalde de Paita, Reymundo Dioses Guzmán. La demanda presentada por el ciudadano Celey Pittman Castillo, argumentaba que la autoridad edil habría trasgredido la prohibición establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), donde se señala las restricciones del alcalde para celebrar contratos.

Por más de tres horas se prolongó la sesión de concejo de carácter extraordinaria en atención a la solicitud de vacancia presentada por el ciudadano Celey Pittman Castillo, quien denunció que el alcalde de la provincia de Paita, Reymundo Dioses Guzmán habría trasgredido la prohibición establecida en el artículo N° 63 de la LOM, el cual señala que existen restricciones a la facultad de contratar, del alcalde, regidores, funcionarios servidores y trabajadores municipales.

El ciudadano Celey Pittman Castillo en su pretensión invoca el artículo 22 inciso 9 de la LOM para presentar la solicitud de vacancia, toda vez que el demandante indica que el alcalde provincial habría presuntamente influido en la contratación del servicio con la empresa Servicios Generales Zapata por concepto de abastecimiento de agua – alquiler de cisterna – para riego de parques, jardines y avenidas de la ciudad; ya que según se señala el dueño de esta empresa sería compadre de los padres del burgomaestre, padrinos espirituales de su hermana Olinda Dioses Guzmán, situación que explica que el alcalde no tiene ningún grado de consanguinidad o parentesco con el dueño de la empresa, Andrés Zapata Palma.

Ante estos hechos, tanto el ciudadano Celey Pittman Castillo con presencia de su abogado, y el alcalde provincial con su respectiva defensa, emitieron sus alegatos ante el pleno del concejo, para que sean ellos los que evalúen los criterios de defensa y se deje al voto de los regidores, se declare fundada o infundada la solicitud de vacancia.

Mediante informe N° 611 – 2015 – GAJ – MPP, la Gerencia de Asesoría Legal de la Municipalidad de Paita hizo llegar su opinión jurídica respecto de la solicitud de vacancia, el cual manifiesta que el ciudadano Celey Pittman Castillo no tendría legitimidad para obrar en el procedimiento de vacancia, de acuerdo al artículo 23° de la LOM que señala que cualquier vecino de la provincia de Paita podría interponer una solicitud de vacancia, esto debido a que la dirección consignada en el documento de identidad del demandante, pertenece a otro ciudadano, quien además confirmó que el señor Celey Pittman Castillo no ha vivido nunca en ese domicilio.

Alegados de la defensa

Luego de poner en conocimiento los alcances del artículo N° 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades y sus prohibiciones de contratación de servicios por parte del alcalde, el abogado defensor del burgomaestre, Uvaldo Pizarro Paico demostró que no existe ningún contrato suscrito entre Reymundo Dioses y la empresa  Servicios Generales Zapata, señalando que los contratos realizados con esa empresa fueron firmados por el gerente de administración y la subgerente de logística por ser acciones netamente administrativas.

Pizarro Paico explicó que mediante resolución N° 171 – 2009 – JNE, el supremo tribunal electoral estableció tres elementos que configuran la causal contenida en el artículo 63° de la LOM, la misma que hace referencia a la celebración de contratos de la autoridad cuyo objeto sea un bien municipal.

La votación

Una vez presentados los alegatos, el alcalde de la provincia de Paita sometió al debate del pleno del concejo si se acoge o no la solicitud de vacancia.

Los regidores municipales, 10 de los 11 debido a que el regidor Pedro Imán Aldeán presentó justificación de inasistencia, manifestaron su posición frente al tema, rechazando por la mayoría de ellos que el ciudadano demandante no sea vecino de la provincia de Paita, lo que le quita el derecho de interponer un recurso de vacancia.

Los concejales a su vez manifestaron que  “debe respetarse la voluntad popular que permitió la elección democrática de las autoridades para el periodo 2015- 2018”.

Expresaron también que los apetitos políticos y resentimientos personales por quienes perdieron las elecciones no deben continuar. Ellos hicieron un llamado a la unidad por el beneficio de los pobladores paiteños.

La votación del concejo municipal se realizó bajo dos criterios: uno de ellos fue declarar procedente o improcedente la legitimidad para obrar en el procedimiento de vacancia al ciudadano Celey Pittman Castillo. En este criterio la votación fue: 8 regidores votaron por declarar improcedente la legitimidad para obrar y dos abstenciones de los regidores Neón Santos y Eleuterio Velasco, el alcalde provincial también hizo votación como improcedente.

El siguiente criterio de votación fue declarar fundada o infundada la solicitud de vacancia. En este criterio la votación fue: 9 regidores votaron por declarar infundada la pretensión de vacancia y una abstención del regidor Eleuterio Velasco, el alcalde provincial también hizo votación en este criterio como infundado.

Lo que dijo el alcalde

El alcalde de Paita, Reymundo Dioses Guzmán reafirmó su compromiso de seguir trabajando por la provincia, señalando que el único objetivo que se tiene es lograr el progreso y bienestar de la población.

El burgomaestre dijo ser respetuoso de la democracia y que situaciones de esta naturaleza (solicitud de vacancia) no detendrá su labor al frente de la comuna.